Denuncia sobre Violación de Derechos Ciudadanos.

Cuba Independiente y Democrática.

Defensoría del Pueblo.

Denuncia sobre Violación de Derechos Ciudadanos.

 

Por la presente, el Partido Cuba Independiente y Democrática, a través de la Defensoría del Pueblo, denuncia pública y formalmente, una violación más de los derechos ciudadanos por parte del gobierno cubano y sus órganos de poder, basándose la misma en los siguientes;

HECHOS:

Primero: Queelciudadanocubano Joisy García Martínez con No. de identificación permanente 71082218105 y vecino de carretera de San Pedro s/n, finca La Campana, Guatao, La Lisa, provincia La Habana, ha sido víctima de una violación de sus derechos ciudadanos al ser excluido injustamente de su derecho a adquirir el servicio de telefonía fija que fuera otorgado en su comunidad.

Segundo: Que el único requisito según se expresa en la planilla de solicitud, la cual se adjunta a la presente, identificada con el No, 1, es tener actualizado el carnet de identidad con la dirección de la residencia a través de la cual se hace la solicitud, requisito que el Sr. García Martínez es acreedor de él.

Tercero: Que el Sr. García Martínez es el tercer vecino más antiguo de la comunidad, habitando el inmueble de manera pública y permanente durante 20 años.

Cuarto: Quesegún se expone en la planilla de solicitud a que se hace referencia en el apartado segundo de la presente, al Sr. García Martínez debía ser informado de los resultados del trabajo de la comisión, para que si lo considerara oportuno reclamar su inconformidad ante la Oficina de tramitación del Poder Popular.

Quinto: Quela Comisión municipal excluyó a nuestro representado dentro de los escogidos para disfrutar dicho servicio tan elemental, pero además, no le hizo saber tal decisión,  colocándolo de esta manera y obrando de mala Fe, en un estado de indefensión total, al no dársele la oportunidad de presentar en tiempo la reclamación correspondiente a que se ha hecho referencia en el apartado Cuarto de la presente.

Sexto: Que al planteársele tal situación al delegado del Poder Popular de la comunidad, este le comunicó que él no era quien decidía a quien otorgar el servicio y que a su entender el caso de nuestro representado García Martínez le faltaban avales a presentar, tales como del CDR, Partido Comunista y Organización Sindical, avales que por demás, es conocido por todos que el Sr. García Martínez no presentaría jamás, por mantener durante años una posición contestataria al gobierno, y por ende se encuentra al margen de las organizaciones oficialistas.

Sexto: Noobstante a ello el delegado le instruye que entregue la reclamación, y que él personalmente, se encargaría de darle curso legal.

Séptimo: Que el pasado día 16 de junio García Martínez se persona con el abogado de la Defensoría del Pueblo, el Lic. Nelson Rodríguez Chartrand en la Oficina de Tramitación del Poder Popular, haciendo entrega formal de la reclamación correspondiente, la cual se adjunta a la presente identificada al No. 2.

Por Tanto: Enviamos el presente expediente para su análisis y valoración, en espera de la respuesta del Poder Popular de La Lisa respecto a la reclamación presentada, la cual debe darse en un término no mayor a los 60 días hábiles contados a partir de su aceptación.

Evidentemente con este actuar se viola el articulo 41 y 42 de la Constitución de la República, que refrendan la igualdad de derechos y deberes de todos los ciudadanos y la no discriminación  por motivos de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquier otra lesiva a la dignidad humana.

En este caso queda evidenciado una vez, de que el solo hecho de no estar de acuerdo con la política que lleva a cabo  la elite gobernante, es causal suficiente en Cuba para la perdida de los derechos ciudadanos más elementales.

En cuanto tengamos  respuesta de la reclamación ya mencionada, se las enviaremos de inmediato con el Dictamen técnico-jurídico definitivo.

Lic. Nelson Rodríguez Chartrand.

 

By | 2018-01-08T12:56:43+06:00 16 julio, 2014|Categories: Trabajo, Varios|0 Comments

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