Consejo Popular Toledo
Municipio Artemisa, Provincia de Artemisa
A: Dirección Municipal de Comunales: Calle 50, a esquina 39.
CC.: Consejo de la Administración Municipal – CUM— Calle 48 / 25 y 27
Asunto: pésima higiene en Artemisa
En nombre de la población urbana de Artemisa compuesta por 52.000 habitantes, la Defensoría del Pueblo, decidió dirigirse a esta institución para denunciar las malas condiciones higiénicas sanitarias en las que se encuentran varios consejos populares del municipio como son: La Matilde, Centro y Toledo.
A pesar de la inversión que las autoridades del municipio ha realizado para mejorar las condiciones higiénicas de la ciudad, con la nueva incorporación de contenedores plásticos en diferentes áreas del municipio, no se vislumbra ningún avance al respecto.
Esta problemática, según nuestra consideración, se debe en gran medida a la mala administración de la Empresa de Comunales a la hora de establecer el ritmo de recogida de desechos sólidos en nuestra ciudad.
Consejo Popular La Matilde al lado de
la Dirección Provincial de Salud
El problema va desde la frecuencia con que se recogen estos desechos hasta la deficiente labor de los trabajadores encargados de la recogida de los mismos, unido a una muy mala supervisión por el personal que tiene la responsabilidad de que el trabajo se realice de la manera más eficiente y con la máxima calidad posible.
Muchas son las personas que se quejan que los envases donde son depositados los desechos sólidos en los respectivos hogares, no les son devueltos y estamos hablando aquí de un país que no cuenta con bolsas para estos fines por lo que muchos de estos embalses son reciclados por los vecinos.
Otras de las quejas más frecuentes es que los encargados de recoger los desechos sólidos, en su prisa para terminar antes de tiempo sus labores, dejan mucha basura regadas en las calles, lo que trae como consecuencia que en vez de mejorar las condiciones de higiene, estas empeoran.
Trabajadores de Comunales recogiendo la basura
Para realizar esta demanda tomamos como base legal la Ley 81 de Medio Ambiente, la cual en su artículo 3 plantea lo siguiente:
«Es deber del Estado, los ciudadanos y la sociedad en general proteger el medio ambiente mediante»
a) Su conservación y uso racional;
b) La lucha sistemática contra las causas que originan su deterioro;
c) Las acciones de rehabilitación correspondientes;
d) El constante incremento de los conocimientos de los ciudadanos acerca de las interrelaciones del ser humano, la naturaleza y la sociedad.
Esta ley además en su artículo 4 incisos L y M, nos da la facultad como ciudadanos de tomar acciones que contribuyan al mejoramiento de nuestro medio ambiente, los incisos mencionados del referido artículo plantean lo siguiente:
l) Toda persona natural o jurídica, conforme las atribuciones que la ley le franquee, debe contar con los medios adecuados y suficientes que le permitan accionar en la vía administrativa o judicial, según proceda, para demandar el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley y en sus disposiciones complementarias.
m) El papel de la comunidad es esencial para el logro de los fines de la presente Ley, mediante su participación efectiva en la toma de decisiones y el desarrollo de procesos de autogestión orientados a la protección del medio ambiente y la elevación de la calidad de vida de los seres humanos.
De lo anterior se comprende que no puede existir calidad de vida en nuestra población mientras persistan estos problemas de asentamientos de Micro Vertederos en determinadas áreas de la ciudad de Artemisa, cabecera de la Provincia de igual nombre.
De ahí la preocupación de un número considerable de personas que, afectados por esta problemática, acudió a la Defensoría del Pueblo, que tiene su sede en la Calle 7 # 4805 / 48 y 50 de este municipio en busca de apoyo para que dicha situación se resuelva de manera inmediata.
Al lado de la Dirección Provincial de Salud
La Defensoría del Pueblo de Artemisa, exige que se supervise la labor de los trabajadores de Comunales para que realicen con calidad su trabajo.
Además queremos alertar sobre las consecuencias que pueden traer aparejadas consigo la existencia de Mico Vertederos en la ciudad ya que son focos de vectores y causas de enfermedades, que pueden llegar a ser muy lamentables.
Exigimos además, que se mantenga una adecuada frecuencia en la recogida de desechos sólidos que evite la aglomeración de estos.
Amparados en el artículo 63 de la Constitución de la República de Cuba el cual plantea:
´´Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley´´.
Esperamos que la institución objeto de nuestra demanda, se proyecte en el tiempo establecido.
Dado a las 13 : 30 horas del 11 de diciembre de 2017
Nota: Trabajo de la Defensoría que acabamos de presentar hace apenas unas horas. No querían recibirlo porque dicen que del CID no recibirían nada y yo firmé como Delegada del CID. Otras veces lo he hecho y no han dicho nada, al parecer estan apretando. Finalmente lo recibieron pero porque amenzamos con dejar la demanda encima del buró.
Por Mileisis Vigoa, Delegada del CID y Defensora del Pueblo, Esperanza Castro, Maikenis Díaz y María Dolores Miranda, activistas del CID y Defensores del Pueblo en Artemisa.
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