¿Hasta cuando espero para aligerar el tristísimo e irreversible peso que la vida me deparó?

Angustia

Agosto 24 2016

A: Dirección Provincial de Seguridad Social, Villa Clara.
CC: Departamento Atención a la Población, Asamblea Provincial del Poder Popular. Villa Clara.

Mi nombre: Caridad Ramos Concepción. CI: 63122232145. Dirección: calle Prolongación de Independencia # 456 entre A y B, Santa Clara, Villa Clara.

Logo2Quisiera que alguien me ayudara. Tres veces me ha sido negada la condición de madre cuidadora. Mi niño de 3 años desde que nació ha sido diagnosticado con un rosario de enfermedades y padecimientos: Epilepsia generalizada, retraso mental severo, síndrome de West, sindrome epileptiforme, espectro autista, miopía elevada, descontrol de esfínteres. En fin que es absolutamente dependiente y por eso no me he podido incorporar a trabajar al concluir mi licencia de maternidad.

Me aprobaron dos años de licencia sin sueldo para el cuidado y rehabilitación de mi bebé, período en el que comencé a tramitar la condición de madre cuidadora. Pero ese estatus y la ayuda material que significa no me la han otorgado pues alegan que el padre del niño es familiar obligado y tiene que hacerse responsable de la manutención.

Mi esposo se desempeña como gestor de acopio pero perdió su vínculo laboral a raíz de los problemas de nuestro pequeño. En estos momentos se encuentra realizando trabajos por su cuenta para sostener las necesidades familiares, fundamentalmente de alimentación que en caso del niño enfermo es especial además de las carencias crecientes y las múltiples necesidades porque también tenemos una niña de cuatro años y otro varón de siete.

Me he dirigido a diferentes instancias de Trabajo y Seguridad Social, al Gobierno Provincial y Municipal, pero las respuestas han sido negativas o difusas.

Me pregunto:

¿Ha sido valorada mi situación? ¿Qué puedo hacer y hasta cuando espero para aligerar el tristísimo e irreversible peso que la vida me deparó?

Por Aurora, Defensoría del Pueblo de Villa Clara.

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By | 2018-01-08T14:17:38+06:00 30 agosto, 2016|Categories: Derechos Humanos, Seguridad, Servicios Públicos, Trabajo|0 Comments

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